Notariado Digital: El Nuevo Reglamento sobre Firmas y Documentos Electrónicos en la República Dominicana
09 de septiembre 2025

Notariado Digital: El Nuevo Reglamento sobre Firmas y Documentos Electrónicos en la República Dominicana

La transformación digital ha alcanzado también a la función notarial en la República Dominicana. Con la aprobación de la Resolución núm. 50-2024, la Suprema Corte de Justicia implementa el Reglamento de Aplicación para el uso de Documentos y Firmas Digitales en el Ejercicio de la Función Notarial, que entrará en vigor en un plazo máximo de doce meses a partir de su publicación. Este marco normativo representa un cambio trascendental en la forma de elaborar, conservar y validar los actos notariales, garantizando seguridad jurídica en un entorno digital.

Marco Legal y Objetivos

El reglamento se fundamenta en la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico y la Ley 140-15 del Notariado, que reconocen la validez jurídica de los documentos y firmas digitales. Su propósito principal es regular la utilización de firmas digitales seguras en los documentos notariales, equiparando su valor probatorio al de los instrumentos en papel.

De esta forma, los notarios podrán elaborar actas, contratos, poderes y demás instrumentos en formato digital, respetando las garantías de autenticidad, integridad y confidencialidad.

Principios Rectores

La normativa descansa sobre principios esenciales que buscan equilibrar la innovación con la seguridad jurídica:

  • Opcionalidad: el notario puede optar por documentos digitales o físicos.

  • Integridad y autenticidad: se exige el uso de firmas digitales seguras y certificadas.

  • Protección de datos personales: obligación de preservar la privacidad de las partes.

  • Trazabilidad y transparencia: se garantiza el seguimiento de cada acto notarial.

  • Estandarización: se unifican criterios para la práctica notarial digital.

Documentos Digitales Notariales

Los documentos digitales notariales gozan de plena validez jurídica, siempre que estén firmados con una firma digital segura, reconocida por el Indotel.

El reglamento permite que las partes comparezcan de forma presencial o telemática, con verificación de identidad mediante evidencias electrónicas. Además, el notario podrá expedir copias auténticas digitales con el mismo valor que las expedidas en papel.

El Protocolo Electrónico Notarial

Una de las innovaciones más relevantes es la creación del protocolo electrónico notarial. Este sustituye el protocolo físico tradicional y será custodiado por el notario, pero depositado en un repositorio electrónico nacional administrado por el Colegio Dominicano de Notarios.

De esta manera, se asegura la conservación, confidencialidad e inalterabilidad de los documentos, con posibilidad de recuperación en caso de pérdida o daño.

Gestión y Supervisión

La administración del sistema digital estará a cargo de un Consejo de gestión notarial, integrado por:

  • El Presidente de la Suprema Corte de Justicia (quien lo preside).

  • El Procurador General de la República.

  • El Presidente del Colegio Dominicano de Notarios (secretario).

Este órgano regulará el uso de la plataforma digital y velará por la correcta implementación de las herramientas tecnológicas.

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público y la Dirección General de Impuestos Internos mantienen la facultad de inspeccionar los documentos digitales notariales.

Beneficios de la Firma Digital en el Notariado

El reglamento no solo moderniza el ejercicio notarial, sino que aporta ventajas significativas:

  • Agilización de trámites y reducción de tiempos.

  • Mayor seguridad y transparencia en la instrumentación de actos.

  • Accesibilidad remota, favoreciendo la inclusión digital.

  • Reducción del uso de papel, con impacto positivo en el medio ambiente.

  • Fortalecimiento del comercio electrónico y la seguridad jurídica en negocios.

Conclusión

La incorporación de la firma digital segura en la función notarial marca un antes y un después en el sistema jurídico dominicano. Este reglamento no solo responde a una necesidad de modernización, sino que coloca al país en sintonía con las tendencias internacionales de digitalización de los servicios jurídicos.

Para los ciudadanos y las empresas, esto significa más eficiencia y confianza en la formalización de actos legales. Para los notarios, representa un reto y una oportunidad de actualizarse, fortaleciendo su rol como garantes de la fe pública en la era digital.